A la acusada María Isabel de los Milagros Torres le fue impuesta una medida de seguridad de cinco años de internamiento en un centro psiquiátrico, el pago de 20 millones de indemnización al Estado y el decomiso de un apartamento
Santo Domingo. –Acogiendo el pedimento del Ministerio Público, el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a María Isabel de los Milagros Torres Castellanos, acusada de formar parte de la red de corrupción administrativa conformada por el acusado Juan Alexis Medina Sánchez y compartes.
El fiscal Ernesto Guzmán, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), dijo que le fue impuesta una medida de seguridad de cinco años de internamiento en un centro psiquiátrico, el pago de 20 millones de indemnización al Estado y el decomiso de un apartamento en Las Brisas de Guavaberry, San Pedro de Macorís.
Dijo que el inmueble que figuraba a nombre de ella es propiedad real de Juan Alexis Medina Sánchez.
“Es una condena mediante la cual se valida todas y cada una de las imputaciones establecidas en la acusación y sobre en la cual se declara culpable la persona y se ordena el decomiso de un inmueble”, explicó Guzmán, al responder preguntas de los periodistas luego de la decisión adoptada por los jueces Keila Santana, Arisleyda Méndez y Elías Santini.
Al ser cuestionado sobre si pudieran obtener otra sentencia favorable respecto a los demás acusados de la red, expresó: “claro que sí, por supuesto, inclusive, los tipos penales por los cuales ella fue condenada en este momento son los mismos que se le atribuyen a otras personas contra quienes hay un mayor quantum probatorio, un mayor elenco de pruebas”.
Guzmán junto a la coordinadora de Litigación de la Pepca, Mirna Ortiz, y la fiscal Elizabeth Paredes, representó al Ministerio Público en la audiencia donde se dio lectura al fallo.
Esta es la tercera condena que obtiene el Ministerio Público contra los acusados de formar parte de la red que dirigía Juan Alexis Medina Sánchez.
Torres Castellanos fue enviada a juicio el pasado año por decisión del juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional al establecer el Ministerio Público su relación con la empresa Editorama, S.A., vinculada al entramado de corrupción. Debido a razones de salud, fue declarada inimputable, por lo que fue enjuiciada en un proceso especial.
Juan Alexis Medina Sánchez y compartes fueron enviados a juicio el pasado 7 de febrero por decisión del mismo juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
En el transcurso del proceso los imputados Francisco Pagán, exdirector de la Oficina Supervisora de Obras del Estado; Julián Esteban Suriel Suazo, Lewin Ariel Castillo y Domingo Antonio Santiago realizaron acuerdos con el Ministerio Público, los cuales fueron acogidos como buenos y válidos por el magistrado Peguero, siendo los primeros condenados a 5 años, al segundo le fue suspendido de forma condicional el proceso y al último le fue aplicado un criterio de oportunidad. Producto de estos acuerdos el Estado recuperó más de 200 millones de pesos en bienes, a lo que se suma el apartamento decomisado en esta ocasión.
De Juan Alexis Medina Sánchez, el expediente establece que creó un entramado societario y, utilizando tráfico de influencias, al ser hermano del expresidente de la República Danilo Medina Sánchez (periodos constitucionales 2012-2016, 2016-2020), realizó un conjunto de maniobras fraudulentas, en asociación con funcionarios.
Especifica que se hizo adjudicar a su nombre, así como a terceros, obras, bienes y servicios del Estado, operando como criminalidad organizada.
Los tipos penales en que incurrieron los procesados incluyen la asociación de malhechores, estafa contra el Estado, desfalco, complicidad para desfalco, soborno activo y pasivo y uso de documentos falsos, así como financiamiento ilícito de campañas políticas, tráfico de influencia y lavado de activos.
También, coalición de funcionarios, concusión, tráfico de influencia y falsedad en escritura pública, así como falseamiento y omisión en la declaración jurada, enriquecimiento ilícito, prevaricación, uso de prestanombres y testaferrato.
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