La Cámara de Diputados aprobó de urgencia y a unanimidad este jueves el proyecto de ley de Extinción de Dominio para el decomiso de bienes ilícitos en la República Dominicana. Lo hizo con 36 modificaciones de artículos y numerales.
La ley de 111 artículos tiene más de 12 años conociéndose en el Congreso Nacional y su aprobación se da en momentos en que la actual legislatura está a punto de concluir, el próximo 26 de julio.
Entre las enmiendas hechas al proyecto de ley recibido del Senado figura la eliminación de artículos, modificación de numerales o textos y cambios en considerandos.null
Tanto las modificaciones, la declaración de urgencia y la primera lectura fueron aprobadas en tres votaciones separadas inmediatas a unanimidad por los 161 diputados presentes.
Uno de los puntos más importantes entre las 36 modificaciones ha sido la eliminación del artículo 4 numeral 2 sobre la limitación de los efectos en relación con hechos pasados (retroactividad).
Este numeral establecía que la extinción de dominio se declarará con independencia de que la causal de procedencia haya ocurrido con anterioridad a la publicación de esta ley, siempre que el hecho vinculado a los bienes fuese considerado ilícito al momento de su ocurrencia y que a partir de ese momento no haya transcurrido el plazo de la prescripción mayor de derecho común de veinte (20) años, prevista en el artículo 2262 del Código Civil.
Además, se aprobó eliminar el artículo 106 sobre reglamentos. Este establecía que en un plazo no mayor de 90 días a partir de la publicación de esta ley, el Poder Ejecutivo dictará su reglamento de aplicación.
Asimismo, los diputados optaron por eliminar los numerales 6 (proxenetismo), 26 (robo agravado) y 30 (manipulación del mercado) del artículo 6 sobre hechos ilícitos susceptibles de extinción de dominio.
Aunque la iniciativa fue sancionada en el Senado de la República, de pasar dos aprobaciones con modificaciones en la cámara baja deberá volver al Senado para su conocimiento.
El proyecto de ley de Extinción de Dominio resurge fruto de la fusión dos proyectos de ley de la misma naturaleza, autoría del senador Antonio Taveras Guzmán (provincia Santo Domingo), mientras que un segundo proyecto es de los senadores Félix Bautista, Aris Yván Lorenzo y José Del Castillo Saviñón.
Tiene el objetivo de establecer el marco legal para la regulación de la extinción de dominio de bienes ilícitos, definir las consecuencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación, reconocer los derechos y garantías de los intervinientes, sentar los principios fundamentales para el funcionamiento del sistema de administración de los bienes decomisados, así como el procedimiento requerido para su declaración judicial a favor del Estado dominicano
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